La igualdad es cosa de tod@s

La última reforma del Estatuto de los Trabajadores (“ET”) introducida por el Real Decreto-ley 6/2019 ha supuesto la entrada en vigor paulatina de la obligación de tener implantado un plan de igualdad en las empresas de más de 50 trabajadores.

Entrada en vigor

Para las empresas de más de 150 trabajadores hasta 250, la obligación entrará en vigor el próximo 7 de marzo de 2020. Para las de más de 100 y hasta 150 será obligatorio a partir del 7 de marzo de 2021. Por último, para las de más de 50 trabajadores, será necesario adaptarse antes del 7 de marzo de 2022.

Este tipo de planes parecían en el pasado cosa de sociedades cotizadas. Sin embargo, ahora la responsabilidad social corporativa cada vez gana más protagonismo en las empresas. No ya solo por una cuestión de imagen y marca, sino por una cuestión política e ideológica.

Obligación legal

Las empresas tienen que empezar a tomarse en serio la igualdad. Tienen que elaborar sus propios planes. Y no solo porque estén obligados legalmente y puedan ser sancionados en caso de no hacerlo, sino porque deben acomodarse al mundo en el que vivimos.

Los planes de igualdad que desarrollen las empresas deberán contener, como mínimo, las siguientes menciones:

lopez hermoso plan de igual como hacer un plan de igualdad

Algunas consideraciones adicionales son:

  • No puede ser un documento improvisado. Debe negociarse con la representación de las personas trabajadoras.

  • Debe identificar situaciones de desigualdad o riesgo y proponer mejoras.

  • El plan debe inscribirse en el Registro público que se designe y mantenerse activo.

  • Debe mantenerse vivo. Tiene que ejecutarse y seguirse su desarrollo y medidas

  • Debe evaluarse periódicamente

Ello se une a la necesidad de realizar un control de salarios tanto para hombres como para mujeres. El registro deberá ser público, con los datos debidamente confidencializados, de modo que cualquier persona trabajadora pueda comprobar que la empresa para la que trabaja no discrimina a ninguna persona salarialmente por razón de su sexo.

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Documento activo y relacionado con otros aspectos y riesgos de la empresa

El plan de igualdad, por su parte, no puede quedarse en papel mojado. En López-Hermoso Abogados consideramos que es una ocasión de oro para empresas de más de 20 trabajadores (aunque no estén obligadas legalmente) para (i) mejorar su imagen y reputación en el mercado, (ii) cumplir con las obligaciones legales, (iii) fortalecer (o implementar de cero) un sistema de compliance laboral y (iv) mejorar su posición ante futuros litigios en materia de discriminación y conciliación de la vida personal y familiar, ya que tratarán estos asuntos de manera proactiva y no reactiva.

El plan de igualdad puede ser una oportunidad para poner un coto importante a los riesgos laborales y de Seguridad Social de la empresa. Aprovechémosla.


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Susana Lázaro
Socia responsable del Área Laboral
Abogada del ICAM nº 64.594

Ignacio López Hermoso